UN BREVE VISTAZO SOBRE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

En esta nota conocerá qué es la LISF, qué importancia tiene, cuáles son sus beneficios y sus principales puntos. ¡Seguro, le puede despejar dudas y hasta sacar de algún apuro legal!

Ignorantia juris non excusat o “ignorantia legis neminem excusat ¿Le suenan familiares estas frases? Es posible que no en latín, pero a lo mejor sí en español, porque  en resumidas cuentas quieren decir: «La ignorancia no exime del cumplimiento de la ley”. 

Esta frase es un principio del Derecho, que indica que el desconocimiento o ignorancia de la ley no sirve de excusa para su cumplimiento, porque rige la necesaria presunción de que, si una ley ha sido promulgada, debe ser conocida por todos. Sin embargo, en la realidad,  es casi imposible que  la gente tenga conocimiento de todas las leyes que rigen nuestro país, porque continuamente se emiten nuevos ordenamientos jurídicos.

No obstante, no está por demás tener  ciertas nociones legales. Esta cultura aplica también en el tema de seguros y fianzas, porque todas las personas, en algún momento de sus vidas, pueden intervenir, por ejemplo, en el contrato de alguno de estos productos y es importante que conozcan la legislación de los acuerdos que han celebrado. 

En esta materia, en particular, haremos un breve repaso sobre la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. ¡Vayamos por partes!

¿Cuál es el objetivo y la importancia de la LISF?

El objeto de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF)  es “regular la organización, operación y funcionamiento de las Instituciones de Seguros, Instituciones de Fianzas y Sociedades Mutualistas de Seguros; las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar, así como las de los agentes de seguros y de fianzas, y demás participantes en las actividades aseguradora y afianzadora previstos en este ordenamiento, en protección de los intereses del público usuario de estos servicios financieros”.

De acuerdo a ese objetivo, se pueden destacar algunos puntos sobre la importancia de la LISF:

  1. Es el documento que regula todos los temas sobre las actividades empresariales que lleven a cabo las aseguradoras y afianzadoras, además de excluir las actividades habituales y profesionales que no forman parte de estos sectores.
  2. Es una ley que se encarga de procurar un desarrollo equilibrado de los sistemas en los sectores asegurador y afianzador, además de tomar en cuenta la competencia sana entre las instituciones que lo integran.
  3. Esta ley garantiza el apego a las obligaciones legales y fiscales de las instituciones de seguros y fianzas, a la vez que estandariza sus servicios para una competencia leal y un alto nivel de servicios para el público usuario a precios justos.
  4. Es una normatividad que fortalece la relación entre clientes y compañías, pues al mejorar las prácticas de estas organizaciones respalda mejor a los clientes, mientras que las compañías no quedan expuestas a toda clase de eventualidades.

¿Qué beneficios ofrece la LISF?

La LISF fue publicada el 4 abril de 2013, en el Diario Oficial de la Federación, y entró en vigor el 4 de abril de 2015. La nueva ley derogó tanto a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros como a la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, fusionando en su cuerpo los asuntos de ambas.

Por ello, vale la pena insistir que, hoy en día, el estatuto aplicable es solamente la LISF. Y si, por decir algo, el contratante de una póliza hace una reclamación, debe saber que la ordenanza que regula el procedimiento de reclamación de la póliza correspondiente es solamente el ordenamiento legal vigente en que se materializa su actualización. De ignorarlo, podrá incurrir en una incertidumbre en su reclamo y, por lo tanto, recibirá un posible rechazo.

Esta ley ofrece una amplia gama de beneficios tanto para los usuarios como para las aseguradoras. Entre otros, se puede destacar:

  • Garantiza que un órgano regulador resuelva las controversias entre la prestación de servicios e indemnizaciones financieras.
  • Tanto las empresas como los contratantes sabrán que se encuentran amparadas ante cualquier duda, incumplimiento o irresponsabilidad proveniente de cualquiera de las dos partes integrantes de los contratos o pólizas de seguros.
  • Se pueden tener mejores servicios, así como también un mejor desempeño en cuanto a las coberturas y precios que se ofrecen al público en la República Mexicana.

¿Cuáles son los puntos más importantes de la LISF?

La nueva LISF está integrada por 510 artículos, diseñados para que sean aplicados de manera correcta. Además, se divide por secciones que se establecen en distintos campos legales correspondientes a secciones  al tema de seguros o de fianzas.

A continuación, enlistamos algunos de sus puntos más sobresalientes:

  • Establece las facultades y responsabilidades de la CNSF – Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público encargado de supervisar que la operación de los sectores asegurador y afianzador se apegue al marco normativo, preservando la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones de seguros y fianzas, para garantizar los intereses del público usuario, así como para promover el sano desarrollo de estos sectores con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la mayor parte posible de la población.

Para una información más completa sobre este tema puedes leer: CONOCE QUÉ ES, LA MISIÓN Y LA FUNCIONES DE LA CNSF

  • Incorpora un régimen del tipo de Solvencia II, similar al que se ha venido diseñando y afinando en la Unión Europea durante más de diez años, estableciendo un marco acorde con las prácticas internacionales más avanzadas en materia de seguros.
  • Modifica la forma en que se determina el requerimiento de  capital de las instituciones, basado hasta ahora en parámetros promedio. Plantea que el cálculo del capital contemple todos los riesgos a los que está expuesta cada institución que puedan poner en peligro su solvencia y estabilidad.
  • Fortalece el gobierno corporativo de las aseguradoras, para garantizar una gestión sana y prudente.
  • Establece requerimientos de revelación de información con el fin de procurar la transparencia y confiabilidad de la información financiera, así como de la gestión de riesgos de las instituciones.
  • Transparenta la situación financiera de las aseguradoras y afianzadoras, lo cual es necesario para que el mercado pueda conocer acerca de su solvencia y calidad de servicio.
  • Establece la posibilidad de que las instituciones de seguros y fianzas puedan contar con modelos de forma interna, encargados de hacer cálculos en sus requerimientos de capital de solvencia. 
  • Instaura el seguro de caución (también conocido como “seguro de garantía”), que según definición de Economipedia,  es un “tipo de contrato de seguro que se encarga de indemnizar al asegurado, en caso de que el tomador del seguro no cumpla con lo pactado previamente”.

Por la parte que se quiera ver, lo más recomendable es tener una cultura y una actualización normativa. Sin duda, le puede resultar muy útil y se evitará dolores de cabeza. Y es que, reforzando el principio jurídico que se mencionaba al comienzo del artículo, hay otra frase que reza: “Ignorantia iuris nocet”, que traducido por el  Diccionario Prehispánico del Español Jurídico quiere decir: “La ignorancia del derecho perjudica”.

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